Arquidiócesis de Bogotá
Vicaria Episcopal Territorial de Cristo Sacerdote
Basílica - Santuario de Nuestra Señora de Lourdes
SACRAMENTO del matrimonio
Despacho parroquial: Calle 63 A N° 10 - 09
Teléfonos: 2494056 – 2497033

Los futuros contrayentes deben acercarse al despacho parroquial por lo menos con dos meses de anticipación para convenir fechas de la elaboración del expediente matrimonial como de la celebración de la boda. Al sacramento del Matrimonio no se llega por accidente ni conveniencia, solo por amor, por lo tanto como proyecto de vida debe ser bien planeado.
Si usted vive en el área territorial que corresponde a nuestra Parroquia acérquese para concretar la documentación requerida, ya sea que celebren aquí su Matrimonio o para elaborar la Licencia para otro lugar.
La ofrenda por la celebración, es la señalada en el Arancel Eclesiástico por el Señor Arzobispo para toda la Arquidiócesis, incluye, la disposición del altar, iluminación del templo, servicios de despacho y la Eucaristía.
Es muy importante convenir con tiempo la fecha y hora de la celebración.
Documentos necesarios (FECHA DE EXPEDICIÓN NO MAYOR A TRES MESES):Nuestro Santuario: “Un hogar para la familia”
¡Bienvenidos!
REQUISITOS PARA MATRIMONIOS DE EXTRANJEROS EN LA ARQUIDIÓCESIS DE BOGOTÁ
LOS DOCUMENTOS DE EXTRANJEROS DEBEN SER APOSTILLADOS Y NO SUPERIORES A TRES MESES DE EXPEDICIÓN
- Partida de Bautismo. Tramitada recientemente y autenticada en su respectiva Vicaria.
- Partida de Confirmación.
- Registro Civil de nacimiento.
- Fotocopia al (150%) del pasaporte para el extranjero(a).
- Fotocopia ampliada (150%) de la cédula para el colombiano(a).
- Dos fotos tipo documento de cada uno de los contrayentes.
- Registro o acta de matrimonio si hubiese matrimonios anteriores bien sea, católico o civil.
- Sentencia de nulidad o de divorcio o acta de defunción si es el caso.
- Cuando alguna de las partes no pertenece a ninguna religión o perteneciendo a alguna religión, no es bautizado, debe presentar una declaración de los padres ante la autoridad civil sobre los siguientes puntos:
- Que es hijo de ellos
- Que no ha sido bautizado en la Religión Católico, ni en ninguna otra de las confesiones Cristianas.
- Que no ha contraído matrimonio por ninguna de las religiones y tampoco civil.
- Certificado de soltería expedido por el Párroco de la parroquia donde viva la persona interesada o los padres de la misma, cuando pertenecen a la Religión Católica. Cuando no son católicos el certificado debe ser expedido por el pastor de la Comunidad cristiana a la cual está adscrito el cristiano no católico y de la autoridad civil si se trata de persona no bautizada.
- Para el extranjero certificado de soltería ante la Autoridad Civil.
- Certificado del curso prematrimonial. Lo pueden hacer en el país donde vivan. Igual lo pueden hacer en pareja o individual.
Para expedir la licencia de debe realizar una ofrenda de $300.000 en el Despacho Parroquial